“…ha colgado en el tablón de anuncios situado en la fachada del edificio consistorial una lista con los nombres de algunos de los clientes de prostitutas de carretera que no han pagado las multas impuestas por la policía local por “mantener relaciones sexuales retribuidas en la vía pública.
En la lista, que es una copia del edicto municipal publicado en el Butlletí Oficial de la Província de Girona (BOPG) número 142 del pasado 23 de julio, aparecen los nombres de tres hombres y de tres mujeres, todos ellos extranjeros, que en su mayoría han sido sancionados con una multa de 300 euros por mantener relaciones sexuales en la vía pública, salvo una chica, que ha sido multada con la misma cantidad por “ofrecer servicios sexuales” en el espacio público. (más…)
El llamado Grupo del Artículo 29, en el cual están representadas las Autoridades de Control a nivel europeo, ha aprobado recientemente el Dictamen 8/2012 en el cual expresan su parecer sobre la reforma del marco normativo de protección de datos.
Esta reforma, como muchos ya sabrán, supondrá la sustitución de la vigente Directiva 95/46 por un Reglamento de aplicación directa en todos los Estados miembros. En otras palabras, se trata de que cada país no tenga una regulación diferente, además de adecuar la normativa a los últimos avances tecnológicos así como la introducción en un texto legal de “herramientas”, como pueden ser los “PIA” o los “Sellos de calidad y certificación”. (más…)
Estos días todos los padres pasamos por la tradicional primera reunión de principio de curso en el colegio de nuestra prole. Ya saben ustedes: charla conjunta en el salón de actos y luego cada grupo a su clase para presentación del tutor/a, establecimiento de pautas del curso y recordatorio de la normativa del centro.
Precisamente sobre este último asunto, me ha llamado la atención, en positivo, el endurecimiento de la normativa del colegio sobre el uso de dispositivos tecnológicos en el centro:
“A los alumnos no les está permitido utilizar el teléfono móvil ni otros aparatos electrónicos (cámaras, ipod, ordenadores portátiles…) en todo el recinto escolar. En caso de necesidad, el uso del móvil estará condicionado al permiso de los profesores. El incumplimiento de esta norma supondrá la retirada del aparato, que se entregará a los padres de las 16:00 a las 17:30 en la portería. La primera vez, quedará retenido hasta el viernes de la semana siguiente; la segunda vez, se retendrá durante un mes; la tercera vez, dos meses, y así sucesivamente”
La Comisión Europea ha aprobado recientemente una estrategia para impulsar este tipo de servicios con la que espera generar 2,5 millones de puestos de trabajo y un beneficio económico de 160.000 millones de aquí al año 2020.
Otro de los puntos importantes de esta iniciativa es el objetivo de desarrollar unos modelos de contratos que permitan cumplir con la normativa de protección de datos en todos sus aspectos.
Siguiendo con este tema de radiante actualidad, el ICO (Information Commissioner, la Autoridad de Protección de Datos del Reino Unido) ha publicado recientemente una “Guía sobre el uso del cloud-computing”, en la que además de definir este tipo de servicio así como sus diversas modalidades, describe los pasos para cumplir con la normativa de protección de datos. (más…)
Por Alfonso Pacheco, Luis Salvador y Javier Sempere
Tras haberse agotado la lírica sobre la videovigilancia y el “cloud computing”, con un “derecho al olvido” que va y viene sin solución alguna –parece ser a la espera de que se pronuncie el Tribunal de Justicia Europeo-, y un proyecto de Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea que parece que se lo ha tragado un abismo, el llamado “BYOD” (es decir, “a ver, López ya que lo tiene, tráigase usted al trabajo su ipad y así la empresa se ahorra comprar uno”) aparece como el nuevo referente de discusión y divagación, también de trabajo, para los próximos tiempos. (más…)
De todos los habitantes de Dataland resulta conocida a estas alturas la polémica que mantiene la Agencia Española de Protección de Datos con Google acerca de la aplicación o no de la normativa española, y por ende europea, a la actividad de “la gran G” en lo que se refiere al tratamiento de datos personales en los servicios que ésta presta a los ciudadanos del viejo continente o en los que se tratan datos relativos a los mismos y, más concretamente, sobre el tan de moda últimamente “derecho al olvido”. (más…)
Como en Dataland estamos en crisis, no tenemos alumbrado público en las zonas periurbanas en las que poder hacer algo de deporte… por ello, siempre que puedo, cuando acabo de trabajar en mi despacho en Zamora salgo a correr por zonas que el Ayuntamiento de mi ciudad natal tiene habilitadas… y ciertamente, bastante bien habilitadas.
Artículo escrito por nuestro colaborador Luís Salvador Montero, excelente profesional de la privacidad radicado en Zamora, que ha tenido la amabilidad de resumir para todos aquellos que no hemos podido asistir la jornada celebrada por el Data Privacy Institute el 18 de octubre en Madrid.
Una vez más, mis amigos y colegas de Privacidad Práctica me brindan la posibilidad de colaborar nuevamente con su blog, narrando lo que esta mañana se ha desarrollado en el IV Foro del Data Pivacy Institute (DPI). Así que, sin más introducción, vamos a ello.
Como muchos días, esta mañana he tenido que entrar en la web de la Agencia Española de Protección de Datos y, ya que estaba, me he detenido a curiosear las novedades de la página de inicio. Y en las reseñas de las noticias que sobre la LOPD aparecen en los medios me he encontrado destacada una publicada el día 6 de este mes por Diario de Mallorca, titulada ”Amonestan al Govern por publicar en BOIB datos sobre la salud de una maestra”, y he exclamado “¡ostras!. Y yo aquí, en Palma, sin enterarme”.
Así que he pulsado sobre el enlace y me he puesto a leer la noticia, cuyos hechos se resumen en el primer párrafo, que reproduzco a continuación: (más…)