“…ha colgado en el tablón de anuncios situado en la fachada del edificio consistorial una lista con los nombres de algunos de los clientes de prostitutas de carretera que no han pagado las multas impuestas por la policía local por “mantener relaciones sexuales retribuidas en la vía pública.
En la lista, que es una copia del edicto municipal publicado en el Butlletí Oficial de la Província de Girona (BOPG) número 142 del pasado 23 de julio, aparecen los nombres de tres hombres y de tres mujeres, todos ellos extranjeros, que en su mayoría han sido sancionados con una multa de 300 euros por mantener relaciones sexuales en la vía pública, salvo una chica, que ha sido multada con la misma cantidad por “ofrecer servicios sexuales” en el espacio público. (más…)
Autores: Javier Sempere Samaniego y Alfonso Pacheco Cifuentes
Introducción.
En fechas recientes la Agencia Española de Protección de Datos ha puesto en su web a disposición de las Administraciones públicas una herramienta llamada DISPONE, pensada como ayuda para la generación de la disposición de creación, modificación y/o supresión de ficheros de datos de carácter personal de Titularidad Pública exigida en el artículo 20 de la LOPD.
Curioseando el funcionamiento de dicha herramienta, hemos decidido recorrer su contenido simulando ser un Ayuntamiento interesado en aprovechar la misma para la generación de una disposición de creación de un fichero. Y así, en el apartado relativo a la forma de la disposición a elaborar vemos que la Agencia ha previsto diversas posibilidades, tales como acuerdo; acuerdo del pleno; decreto de Alcaldía; edicto; ordenanza; orden; resolución…
Ello no hace sino responder, entendemos, a la casuística que en la práctica se ha ido encontrando la Agencia en cuanto a la forma que revisten los acuerdos o disposiciones de creación, modificación o supresión de ficheros que han ido notificado a lo largo de estos años distintas Corporaciones locales.
Si es que en este país ya no se pueden dar ni buenas noticias. ¿Se acuerdan de aquella definición de “fútbol” que hacía Gary Lineker: “el fútbol es un deporte en el que juegan once contra once y en el que siempre gana Alemania”? Pues con el Ordenamiento Jurídico español pasa más o menos lo mismo: “El Ordenamiento Jurídico español es un sistema de normas jurídicas en el que apliques la que apliques, siempre terminas en la LOPD“. Sigan leyendo y lo entenderán.
La Agencia Española de Protección de Datos ha hecho público de forma destacada en su web un informe jurídico fechado el 23 de marzo y numerado como 119/2012, emitido a resultas de consulta planteada por un Ayuntamiento que, antes de tirarse al río, como los demás, prefirió curarse en salud. Ese informe analiza la publicación en las webs municipales de datos de contratistas relativos a deudas con Ayuntamientos, que se han generalizado a resultas del Real Decreto Ley 4/2012. (más…)
Como en Dataland estamos en crisis, no tenemos alumbrado público en las zonas periurbanas en las que poder hacer algo de deporte… por ello, siempre que puedo, cuando acabo de trabajar en mi despacho en Zamora salgo a correr por zonas que el Ayuntamiento de mi ciudad natal tiene habilitadas… y ciertamente, bastante bien habilitadas.