Alfonso Pacheco, copropietario de este blog, ha escrito un libro electrónico dirigido a ayudar a los abogados a que cumplan en su despacho profesional con las obligaciones que les impone el RGPD y la LOPDgdd.
El libro, titulado “PROTECCIÓN DE DATOS. MANUAL PRÁCTICO DE AYUDA PARA ABOGADOS”, se estructura en dos partes: (más…)
Se ha hablado mucho de las novedades del RGPD, si bien algunas de ellas no eran tales, como el delegado de protección de datos (ya existía en la Directiva 95/46), las evaluaciones de impacto de protección o la privacidad por diseño/defecto (estas cuestiones habían sido trabajadas por las Autoridades de Protección de Datos si bien la novedad está que se plasman en un texto normativo).
Uno de los temas que menos se ha tratado de la LOPD, es el tratamiento de los datos personales para fines históricos, puesto que el artículo 4.2 de la citada ley, permite el “tratamiento posterior de los datos personales que hayan sido recabados para fines históricos” (así como estadísticos y científicos).
Cuando trabajaba en la APDCM, acudí a un Seminario en Bruselas, en el que se trataron muy variopintos temas. Uno de ellos, era éste, que se desarrolló en lo que se conoce como “sesión paralela” (básicamente consiste en que se llevan a cabo varios paneles con ponentes a la vez, y cada uno elige a cuál va). Como amante que soy de la Historia, acudí al citado, en el que además, los dos ponentes eran españoles. Desgraciadamente, aquello fue un monólogo de las razones que justificaron la aprobación de la llamada Ley de Memoria Histórica, y lo único relativo a la LOPD que se pudo oír fue un (más o menos):
“Aunque haya datos personales, yo mientras nadie me diga lo contrario, investigo”. (más…)
Nacho San Martin (@SMNacho) y Fco. Javier Sempere (@fjaviersempere) recopilan y comentan, con ironía y humor, aquellas noticias que en los últimos tiempos han aparecido, referidas a nuestra querida LOPD, ya sea de forma justificada o injustificada (la mayoría de veces), y que en el twitter se han ido publicitando a través del hastag #LOLPD.
Así, entre otras, aparecen carteles de videovigilancia sin contenido, la “ficheritis” (el fichero es lo único que importa), la obstrucción a la inspección realizada por las Administraciones públicas (la LOPD no lo permite), así como otros sonados, como los casos de los IPADS, ERES o el borrado de los discos de un conocido tesorero. A todo ellos se añaden experiencias reales de los citados autores. (más…)
“Hacia una nueva cultura de privacidad: monetización de los datos, equilibrio empresarial y otros retos de cumplimiento para las organizaciones”
A las 9:00 de la mañana unos cuantos datamaníacos estábamos convocados para asistir a este V Foro del Data Privacy Institute en el Auditorio de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, en la madrileña calle de Almagro… (más…)
“14 litros de tinta china, 30 pinceles, 62 lápices de mina blanda, 1 lápiz de mina dura, 27 gomas de borrar, 38 paquetes de papel, 16 cintas de máquina de escribir, 2 máquinas de escribir y 67 litros de cerveza fueron necesarios para su realización” (“Astérix y Cleopatra”, René Goscinny & Albert Uderzo, 1965)
De algunas cosas más, de algunas cosas menos, y una gran dosis de ilusión, han hecho posible que un año después realicemos nuestro primer balance. ¿Por qué en diciembre? Lo haremos ahora. Justo cuando celebramos nuestro primer cumpleaños. (más…)
Así se desprende de la publicación del Anteproyecto de Ley de Transparencia Pública de Andalucía, que ha sido “colgado” en la web de esa Comunidad Autónoma el pasado 4 de junio, concretamente de su capítulo II denominado “Agencia de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía”, artículos 40 a 46.
Concretamente, según el artículo 40 en virtud del cual:
1. Se crea la Agencia de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en adelante la Agencia, como autoridad independiente de control en materia de Protección de Datos y de Transparencia.
2. La Agencia se configura como una entidad pública con personalidad jurídica propia, con plena capacidad y autonomía orgánica y funcional para el ejercicio de sus funciones.
3. La Agencia ejercerá sus funciones con objetividad, profesionalidad, sometimiento al ordenamiento jurídico y plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de las mismas.
4. Su relación con la Administración de la Junta de Andalucía se llevará a cabo a través de la Consejería competente en materia de la presidencia. (más…)
Eran las nueve largas, cuando el Teatro Real de Madrid abrió sus puertas… Un entorno “magnífico” para celebrar esta quinta Sesión Abierta de la Agencia Española de Protección de Datos… Tras un eterno proceso manual de acreditación, el Director de la Agencia, D. José Luis Rodríguez Álvarez, dio por abierta esta jornada en que un montón de profesionales de la privacidad (o incluso que aspiramos a serlo algún día) nos damos cita, buscando mantenernos informados y actualizar nuestros conocimientos respecto a los criterios que la Agencia emplea a la hora de interpretar la normativa, de las novedades que se han producido durante el último año, y, sin duda alguna, no nos engañemos, mantener vivo el contacto con otros profesionales dedicados a este campo, o si lo prefieren, “hacer networking”, que queda más “cool”…. (más…)
El Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia, dentro de su Programación de Formación Continua 2012 dirigida al Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, promovió la creación de un grupo de trabajo para la elaboración de un informe sobre “APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCION DE DATOS EN LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES”. El equipo redactor ha estado integrado por 5 secretarios judiciales y un magistrado, bajo la dirección y coordinación de don Fernando Carceller Fabregat .
El resultado de este trabajo, un informe de 171 páginas, ha visto la luz hace pocas fechas, y como en Privacidad Lógica nos gusta estar al día y ayudar a la difusión de cualquier iniciativa que consideremos interesante relacionada con el mundo de la privacidad, nos pusimos en contacto con el Centro de Estudios Jurídicos para solicitar su autorización para poner a disposición de cualquier interesado en contenido íntegro del documento. Ese permiso nos ha sido concedido por doña María Yribarren Muñoz, subdirectora adjunta del CEJ, a quien quedamos muy agradecidos.
Es obvio que la Administración de Justicia, como toda Administración, para el desarrollo de sus funciones necesita tener acceso y tratar datos de carácter personal, lo que supone, visto que no está dentro de las exclusiones previstas en la LOPD, su sometimiento a la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal. (más…)