En el Boletín Oficial del Estado del sábado 5 de abril de 2014, se ha publicado la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, con un nuevo marco jurídico para este sector y actividad, que deroga la hasta vigente Ley 23/1992, de 30 de julio, así como la norma reglamentaria que lo desarrolla, el Real Decreto 2364/1994, en todo lo que se le oponga, y que entrará en vigor a los dos meses desde su publicación.
Esta es la situación en que se encuentran las webs de los equipos de fútbol de Primera División. He mirado lo referente a si existía Aviso de Cookies al entrar en la web, Información sobre las cookies (o Política de Cookies), y a cada una de ellas las he pasado el Cookies Manager+ v1.5.2. (más…)
El pasado jueves 13 de marzo de 2014 tuvo lugar en la sede del Consejo General de la Abogacía Española, organizado conjuntamente por Enatic, Legistel, y SNAbogados, esta jornada que giro en torno a diversas cuestiones que afectan a la archipopular empresa tecnológica Google, pudiendo conocer su punto de vista sobre la privacidad, propiedad intelectual, marcas, resultados de búsquedas y libertad de expresión.
En la 6ª Sesión Abierta Anual de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), una de las cuestiones que se ha analizado ha sido la relativa a las Evaluaciones de Impacto de Privacidad, más conocidas como Privacy Impact Assessment (PIA), y que probablemente el futuro de Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea regule.
El 21 de febrero de 2014, en la sede de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (SETSI), con aforo completo (Sold Out, más de 200 personas), se ha celebrado el primer Congreso Internacional de Derecho Digital 2014 organizado por ENATIC. La bienvenida corrió a cargo de D. Rodolfo Tesone, Presidente de ENATIC, que agradeció a todos los presentes su participación en este evento, así como a los diversos patrocinadores y personas involucradas en la organización del mismo. Tras ello, se produjo la inauguración del Congreso por parte de D. Víctor Calvo-Sotelo, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, que destacó que el derecho digital está en plena evolución, citando también la Agenda Digital así como la próxima aprobación de la Ley General de Telecomunicaciones (con gran consenso entre los diferentes partidos políticos del Congreso), y D. Pere Huguet, Vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española, para quien hoy en día no se concibe un despacho de abogados sin un experto en derecho digital. Una vez terminada la inauguración por los citados, se dio paso a las diversas ponencias y mesas de debate. (más…)
En la primera parte de este post, habíamos ahondado en las condiciones de la política de privacidad de Google Inc, así como en sus alegaciones ante el procedimiento sancionador iniciado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y las infracciones que ésta le imputa, no sólo a Google Inc sino también a Google Spain S.L.
En este sentido, la propuesta de resolución del instructor de la AEPD, especifica la multa a imponer (en el Acuerdo de Inicio sólo aparece, como debe ser, el baremo de cada multa en función de la calificación de cada infracción –leve, grave o muy grave-): (más…)
Recientemente, y sin esperar a que el Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea resuelva sobre el llamado “Caso Costeja” sobre si la Directiva 95/46 de Protección de Datos es aplicable a Google INC (aunque según el informe del Abogado General sí lo sería), la Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a Google INC con una multa de casi un millón de euros
Esta resolución ha batido todos los records, no por la cuantía económica, sino por el número de páginas que forman parte de la misma: 139 páginas. Así que, en varios posts, voy a tratar de hacer un resumen de la citada, ya que me parece bastante interesante. (más…)
Uno de los temas que menos se ha tratado de la LOPD, es el tratamiento de los datos personales para fines históricos, puesto que el artículo 4.2 de la citada ley, permite el “tratamiento posterior de los datos personales que hayan sido recabados para fines históricos” (así como estadísticos y científicos).
Cuando trabajaba en la APDCM, acudí a un Seminario en Bruselas, en el que se trataron muy variopintos temas. Uno de ellos, era éste, que se desarrolló en lo que se conoce como “sesión paralela” (básicamente consiste en que se llevan a cabo varios paneles con ponentes a la vez, y cada uno elige a cuál va). Como amante que soy de la Historia, acudí al citado, en el que además, los dos ponentes eran españoles. Desgraciadamente, aquello fue un monólogo de las razones que justificaron la aprobación de la llamada Ley de Memoria Histórica, y lo único relativo a la LOPD que se pudo oír fue un (más o menos):
“Aunque haya datos personales, yo mientras nadie me diga lo contrario, investigo”. (más…)
Probablemente, uno de los aspectos más importantes de la reforma europea de protección de datos, sea la regulación del Data Protection Officer (traducido como Delegado o Responsable de Protección de Datos), y sobre el que más se ha escrito analizando su estatus y funciones en los últimos tiempos.
Tras su configuración inicial, regulada en los artículos 35 a 38 de la Propuesta de Reglamento de Protección de Datos Personales, el texto aprobado en el seno de la Comisión LIBE, ha introducido cambios al respecto. (más…)
Una de las cuestiones más polémicas que recogía la Propuesta de Reglamento de Protección de Datos era la referente a la edad para que los menores pudiesen prestar el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal.
Concretamente, el artículo 8.1 fijaba la edad en 13 años (el Reglamento de desarrollo de la LOPD lo fija actualmente en 14), y por debajo de la misma era necesario el consentimiento de los padres o tutores legales. El problema radicaba en que según la redacción del citado artículo, este límite de los 13 años sólo era de aplicación cuando se trataba de “oferta directa de servicios de la sociedad de la información a los niños”, lo cual daba a entender que, a efectos del consentimiento de los menores, se diferenciaba el mundo on-line del real. (más…)