Reglamento Protección de Datos de la UE: hacia un Delegado de Protección de Datos (DPO) obligatorio.

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Probablemente, uno de los aspectos más importantes de la reforma europea de protección de datos, sea la regulación del Data Protection Officer (traducido como Delegado o Responsable de Protección de Datos), y sobre el que más se ha escrito analizando su estatus y funciones en los últimos tiempos.

Tras su configuración inicial, regulada en los artículos 35 a 38 de la Propuesta de Reglamento de Protección de Datos Personales, el texto aprobado en el seno de la Comisión LIBE, ha introducido cambios al respecto. (más…)


Reglamento Protección de Datos de la UE: el consentimiento de los menores.

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Una de las cuestiones más polémicas que recogía la Propuesta de Reglamento de Protección de Datos era la referente a la edad para que los menores pudiesen prestar el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal.

Concretamente, el artículo 8.1 fijaba la edad en 13 años (el Reglamento de desarrollo de la LOPD lo fija actualmente en 14), y por debajo de la misma era necesario el consentimiento de los padres o tutores legales. El problema radicaba en que según la redacción del citado artículo, este límite de los 13 años sólo era de aplicación cuando se trataba de “oferta directa de servicios de la sociedad de la información a los niños”, lo cual daba a entender que, a efectos del consentimiento de los menores, se diferenciaba el mundo on-line del real. (más…)