Hace unos meses, recibí una invitación para aportar ideas en un grupo sobre “ventajas de cumplir la LOPD” para tratar de confeccionar un documento de “cumplimiento en positivo”. La verdad es que como asesor fiscal, nunca jamás me plantee que hubiera que buscar “aspectos positivos” para pagar impuestos (que los habrá, no digo yo que no), pero mis clientes nunca me los preguntaron, y menos últimamente viéndose lo que se está viendo… (más…)
… Pero no la de los tribunales, sino la de la vida, la de que lo que es justo, es justo y punto… Esta mañana Jorge Campanillas (@jcampanillas) nos decía a Eduard Chaveli (@eduardchaveli) y a mí en Twitter que el tiempo pone a cada uno en su sitio y nos animaba a seguir… (más…)
Autores: Javier Sempere Samaniego y Alfonso Pacheco Cifuentes
Introducción.
En fechas recientes la Agencia Española de Protección de Datos ha puesto en su web a disposición de las Administraciones públicas una herramienta llamada DISPONE, pensada como ayuda para la generación de la disposición de creación, modificación y/o supresión de ficheros de datos de carácter personal de Titularidad Pública exigida en el artículo 20 de la LOPD.
Curioseando el funcionamiento de dicha herramienta, hemos decidido recorrer su contenido simulando ser un Ayuntamiento interesado en aprovechar la misma para la generación de una disposición de creación de un fichero. Y así, en el apartado relativo a la forma de la disposición a elaborar vemos que la Agencia ha previsto diversas posibilidades, tales como acuerdo; acuerdo del pleno; decreto de Alcaldía; edicto; ordenanza; orden; resolución…
Ello no hace sino responder, entendemos, a la casuística que en la práctica se ha ido encontrando la Agencia en cuanto a la forma que revisten los acuerdos o disposiciones de creación, modificación o supresión de ficheros que han ido notificado a lo largo de estos años distintas Corporaciones locales.
Uno de los problemas con que nos encontramos, tanto los que ofrecemos servicios en el sector del cumplimiento normativo en materia de protección de datos, como los destinatarios de los mismos, es la inexistencia de una metodología comúnmente aceptada –debidamente estandarizada y extendida- para la adecuación de los procesos (en los que se producen tratamientos de datos) a tal cumplimiento legal. (más…)
En la página 25 de su ejemplar de hoy, 25 de noviembre, Expansión publica un excelente artículo titulado “Las estafas en la asesoría en protección de datos se disparan”, escrito por Almudena Vigil.
A lo largo de la noticia, la autora se hace eco de las prácticas que el sector PROFESIONAL con mayúsculas viene denunciando sin descanso:
· Captación de clientes bajo amenaza de denuncia ante la AEPD por parte del propio asesor, que manda narices, vaya ética.
· Simulación de amparo o colaboración del supuesto profesional con la propia AEPD, a la que se presenta así como garante, con adopción en ocasiones de denominaciones sociales o comerciales muy similares a la del ente de control, precisamente para generar confianza en los posibles clientes,
· Competencia desleal.
· Baja calidad en muchas ocasiones de los servicios prestados.
· Empleo de fondos públicos, los destinados a los programas de formación tutelados por la Fundación Tripartita, para financiar proyectos de implantación de la normativa y no para formación.