Modelo de informe sobre sistema de control horario basado en huella digital

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 ¿Puede una empresa cliente de nuestro despacho implantar un sistema de control del cumplimiento horario de sus trabajadores basado en la huella digital de éstos?

Pues claro que sí, hombre, es perfectamente válido: el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a la dirección y control de la actividad laboral dispone que

El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de  sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.

Por tanto, con los límites expuestos en el precepto citado, el empresario puede beneficiarse del desarrollo de las nuevas tecnologías para implantar la medida que estamos estudiando.

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