Ya está aquí la primavera, y con ella se abren de nuevo en toda España los procesos para admisión de alumnos en centros escolares públicos y concertados. Como todos los años, los padres que tienen que escolarizar por primera vez a sus hijos inician su particular via crucis para lograr plaza en el centro deseado: ¿cuántos puntos tengo? ¿serán suficientes? ¿me habré olvidado algo? ¿qué letra ha salido para dilucidar los empates? ¿y qué colegios pongo como opciones siguientes si yo quiero que estudie en éste?. La verdad: el que ha pasado por eso sabe que estos procesos de adjudicación de plazas un verdadero agobio, porque elegir el centro donde quieres que estudien tus hijos es de las decisiones más importantes que los padres debemos tomar.
El pasado lunes 25, bajo el titular “Las familias podrán acceder a los datos personales incluidos en la matrícula de otros alumnos” se publicó en Levante-emv.comuna noticia relativa a la sorpresa que había causado el que por parte de la Autoridad Catalana de Protección de Datos se emitiera un dictamen por el que se considera conforme a Derecho desde la óptica de la protección de datos de carácter personal el que un señor, cuyo hijo se quedó fuera de la lista de admitidos, pudiera acceder a la información y documentación aportada por aquellos participantes en el proceso de adjudicación de plazas escolares en un determinado centro que sí la habían obtenido.Desde mi punto de vista lo que causa sorpresa es que a estas alturas, después de no sé cuantos años de vigencia del actual sistema de obtención del plaza escolar en centros públicos y concertados, nos estemos planteando esta cuestión.