Expediente judicial electrónico: adiós al día de gracia en la presentación de escritos sujetos a plazo

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ACTUALIZACIÓN 9/6/2015 FINE PÁGINA

Ya saben ustedes que sobre el papel (a la hora de contar plazos en este país, tanto los gobiernos de derechas como los de izquierdas han demostrado que no saben sumar, y no les digo si previamente con los nuevos se debe primero hacer una asamblea para decidir cómo se suman), de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, en julio de 2016 la tramitación de los expedientes judiciales debería ser electrónica.

Para ir viendo cómo funciona el tema, ya hace unos meses les conté en este mismo blog que Baleares iba a ser conejillo…perdón, prueba piloto de, al menos, la presentación obligatoria de todo escrito por los profesionales del derecho vía Lexnet.

El experimento está dando bastantes problemas con la presentación de escritos vía procurador, pero, por el contrario, ninguno con la presentación directa por parte de letrados en los casos en los que la Ley lo permite. Muy posiblemente, esa ausencia de incidencias tiene que ver con que, a pesar de que antes de final de 2014 el tema tenía que estar funcionando, a fecha de hoy, dado que los medios tecnológicos dispuestos por el Ministerio de Justicia son una birria, dicho canal sigue sin estar habilitado. Es decir, no funciona, no pita, no currula.

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El expediente judicial electrónico (un cachito) llega a Baleares. Presentación de escritos y documentos vía LexNET.

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La Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia prevé en su disposición adicional segunda que en el plazo de cinco años desde su entrada en vigor debería ser una realidad el expediente judicial electrónico.

La verdad es que desde la aprobación de esa norma son pocas las noticias que se han tenido de su desarrollo, y lo cierto es que es lícito dudar  de que la tramitación electrónica TOTAL, incluyendo el acceso de los profesionales al contenido completo de los expedientes telemáticamente (y así dejaríamos de jugar a Indiana Jones en busca del expediente perdido), sea una realidad en plazo, máxime teniendo en cuenta que la otra pata fundamental de la reforma de la Justicia, la nueva oficina judicial tampoco se ha implementado en los plazos previstos. Pero algún pasito sí se da.

Ya saben ustedes que desde hace unos años los traslados de las resoluciones y documentación que tienen su origen en los Juzgados se hace llegar a las partes, a través de sus procuradores, vía el sistema LEXNET, es decir, en formato electrónico, mientras que la presentación de escritos por las partes, y traslados entre ellas, se realiza por medios tradicionales: papel a través de las oficinas de Decanato y Colegio de Procuradores.

A partir de… ya, esta dualidad de soportes en principio toca a su fin, porque el Ministerio de Justicia ha desarrollado el sistema Lexnet  (Real Decreto 84/2007, de 26 de enero), de forma que ya es posible la presentación por las partes a través de esa plataforma de sus escritos iniciales y posteriores de trámite. Tanto es así que la presentación electrónica en Mallorca ya es obligatoria para los procuradores desde septiembre (de forma progresiva) y a lo largo de los meses de octubre y noviembre lo será para abogados (y graduados sociales), de acuerdo con el calendario elaborado desde el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en aquellos procedimientos y actuaciones en los que no sea preceptiva la intervención de procurador pero sí intervengan los profesionales citados, abogados y graduados sociales. (más…)


Presentación en sociedad del expediente judicial electrónico

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Los pasados días 13 y 14, merced a una invitación recibida de la organización, he tenido la fortuna asistir a las segundas jornadas del foro de buenas prácticas sobre justicia y tecnología,  cuyo logo, a mi entender muy acertado, ilustra esta entrada.

Dicho evento, auspiciado por el Ministerio de Justicia, se centró en el expediente judicial electrónico, a cuya puesta en marcha se orienta la futura Ley sobre el uso de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia, cuyo anteproyecto fue aprobado en Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 2010.

La verdad es que las jornadas resultaron muy instructivas e interesantes, pudiendo asistir a la exposición de distintos desarrollos prácticos en relación con el expediente electrónico judicial que se están llevando a cabo en Comunidades Autónomas que ya han asumido las competencias en materia de Justicia, como Cantabria, Navarra o País Vasco; o a la explicación de cómo se ha organizado y llevado a cabo la digitalización de la Audiencia Nacional o de los Registros Civiles, sin duda trabajo de titanes; o a una interesante mesa de trabajo ­ sobre incorporación de la firma electrónica, tarjetas criptográficas y certificados digitales, que hubiera merecido mucho más espacio  por lo amplio de su temática y por las interesantes aportaciones de todos los intervinientes, a quienes no dio tiempo a desarrollar todos los contenidos preparados . Eso sí: públicamente la organización se comprometió a poner a disposición de los asistentes todas las presentaciones aportadas por los ponentes, lo que sin duda ayudará a completar los conocimientos adquiridos.

No obstante, y pese a lo positivo del acto, desde mi punto de vista se pueden plantear al mismo dos objeciones:

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