Uno de los primeros documentos elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre el RGPD contemplaba 12 preguntas-respuestas, entre las que se incluía, por ejemplo, que implica la responsabilidad activa o cuál es la forma de obtener el consentimiento.
En homenaje a dicho documento, y utilizando también esa cifra, estas son las 12 curiosidades del RGPD.
Esta sentencia, de 8 de mayo de 2015, coincide curiosamente con la primera sanción económica que impuso la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), por vulnerar la bautizada como “ley de cookies”.
Ya advertíamos en un post anterior sobre el texto actual de la reforma europea de Protección de Datos, el conocido como “Reglamento”, de las sugerencias del Grupo del Artículo 29 sobre el citado texto.
En este post, vamos a tratar de ir un paso más adelante, comentando algunas novedades, de esas que suelen pasar desapercibidas, calificadas como “curiosas”, así como algunos temas más que pueden provocar dificultades de aplicación práctica. (más…)
En un “post anterior” analizamos el caso del robo del “Código Calixtino”, en cuyo juicio la defensa del presunto ladrón había solicitado que las grabaciones realizadas tanto en el claustro de la Catedral como en el despacho de su administrador fuesen declaradas nulas por vulnerarse el derecho fundamental a la protección de datos de su defendido (el fichero no estaba inscrito en la AEPD). (más…)
Whastsapp ha llegado a las Administraciones Públicas y con la intención de quedarse. La presencia de las Administraciones en las redes sociales empieza a quedar obsoleta cuando la actual “moda” es prestar información a los ciudadanos, e incluso que puedan presentar trámites a través de la popular aplicación de mensajería móvil. Pero, ¿Es lícito este uso teniendo en cuenta las normas que regulan la actividad de las Administraciones o que son aplicables a las mismas? (más…)
El pasado 4 de mayo de 2015, aparecía publicado en el diario El Confidencial una noticia cuyo titular era justamente lo contrario, es decir, con el “sí sacrifica…”, a raíz de una reciente Sentencia del Tribunal Supremo que se ha pronunciado sobre una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, que a su vez había sido anulada por la Audiencia Nacional sobre la publicación de datos relacionados con la concesión de subvenciones.
Durante la séptima sesión abierta de la Agencia Español de Protección de Datos (AEPD), su director ha anunciado que el organismo que dirige y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno había adoptado el primer dictamen conjunto, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (adopción conjunta de criterios del artículo 15 de la Ley de Transparencia para ponderar el interés público y la protección de datos de los interesados).
Nos acompaña con este post sobre los ficheros de morosos Ignacio San Martin (@SMNacho), Responsable del Área Procesal y Protección de Datos del Banco Cetelem, y una de las personas que más sabe sobre los ficheros de solvencia patrimonial, para exponer su opinión sobre uno de los requisitos que deben cumplirse para incluir a una persona en este tipo de ficheros: el requerimiento previo de pago.
¿Hay que inscribir un fichero en el Registro de la AEPD con el tratamiento e instalación de “cookies”? O mejor dicho ¿Es posible que haya inscritos ficheros de “cookies” en el Registro de la AEPD?
La sanción económica ha sido de 1.500 euros por haber cometido una infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tipificada como grave por el artículo 44.3.b de la citada Ley (Tratar datos de carácter personal sin recabar el consentimiento de las personas afectadas, cuando el mismo sea necesario conforme a lo dispuesto en esta Ley y sus disposiciones de desarrollo). (más…)