Medidas de seguridad en farmacias

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Jorge Salgueiro, abogado y vicepresidente de Aecra, comparte con nosotros un  dictamen jurídico sobre el grado de seguridad exigido a los sistemas de seguridad instalados en farmacias tras la entrada en vigor de la orden 317/2011 de 1 de febrero sobre medidas de seguridad privada y orden 316/2011 de 1 de febrero sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.

A lo largo de su informe Jorge, a la luz de la normativa de aplicación, analiza si las oficinas de farmacia tienen que implementar medidas de seguridad solamente físicas o bien les son exigibles también medidas de carácter electrónico, como pueden ser un sistema de alarma conectado a una central de alarmas o la instalación de sistemas de grabación de imágenes.

Podéis acceder al documento vía este enlace. Esperamos que os resulte de interés.


Un comentario

  1. Ricardo - guardias de seguridad
    2 de mayo de 2016 @ 21:03

    Sin duda , para los delincuentes cada vez es más fácil poder robar en estas independencias y en cualquier otro lugar , ya que no contamos con buenas leyes que nos protejan. Sin embargo el contar con este tipo de alarmas y camaras de grabacion , podemos presentar ante las autoridades estos medios de prueba.
    Saludos Cordiales.

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