Primer acercamiento desde la LOPD y la LEC al Registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler…y reflexión final sobre las novedades en cuanto a las tasas judiciales.

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Hace unos días la prensa informaba de que el Gobierno, a través de su grupo parlamentario en el Congreso de los Diputados, había presentado una enmienda de adición de un nuevo artículo al proyecto de ley de de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, con la intención de crear un Registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler.

El contar con esta herramienta de consulta es una ya una vieja pretensión del sector arrendador. De hecho, les contaré que el que escribe, hace muchos pero muchos años (de hecho, el que viene me dan el diplomilla de los 25 años como colegiado) a los pocos meses de acabar la carrera, fue contratado por el Ministerio de Justicia como oficial interino en funciones de Secretario judicial, ejerciendo como tal de marzo a noviembre de 1990 en el Juzgado de Primera Instancia 2 de Palma de Mallorca, donde hice un máster en derecho procesal no solo no pagando, sino cobrando un sueldo. Pues durante parte de esos meses se recibía en los Juzgados la visita periódica de una persona de una empresa,  a la que se había autorizado (vayan Uds. saber por quien) la consulta de los libros de sentencias y tomar nota precisamente de aquellas resolutorias de contratos de arrendamiento por falta de pago porque se estaba pergeñando un registro como el que ahora se anuncia. Al final el tema no llegó a buen término, porque alguien con más mando que quien autorizó esa labor revocó el permiso y nunca más se supo del tema. Así que desde hace más de 20 años (hay que ver lo mayores que son ustedes, oigan) como mínimo se viene hablando del tema. (más…)


Notas rápidas sobre los listados de defraudadores fiscales que pretende publicar el Gobierno

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Según ha informado Europa Press y recogen distintos medios de comunicación, parece ser que Hacienda estudia modificar la Ley General Tributaria para poder hacer pública  una lista de sus mayores morosos y defraudadores, en plan aviso a navegantes y escarnio público, a modo de los suplicios en la antigua Roma 1  o en el Medioevo: siempre públicos y cuanto más bestias mejor, más moralizantes. Solo que ahora la exhibición en el circo o en el rollo de justicia de la plaza del pueblo ya no se lleva. Ahora, tooos los malos a interné. De hecho, esta noticia parece que va en la misma línea que la aparecida hace unos días, ese plan para llevar actuaciones inspectoras “sonoras” contra personajes notorios o públicos.

Seguro que lo primero que ha pensado Ud. al leer la noticia ha sido “¡Ostras2, laeleopedé, eso no se puede hacer, no señor, no se puede!” ¿Verdad que sí? Lógico, porque en este mundo actual nuestro parece que el ordenamiento jurídico se reduce a eso, a laeleopedé. (más…)


Publicación de datos de sancionados relacionados con la prostitución.

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Según una noticia de www.elperiodico.com del pasado 10 de octubre de 2012 “El Ayuntamiento de la Jonquera hace públicos nombres de clientes de prostitutas que no pagan multas

“…ha colgado en el tablón de anuncios situado en la fachada del edificio consistorial una lista con los nombres de algunos de los clientes de prostitutas de carretera que no han pagado las multas impuestas por la policía local por “mantener relaciones sexuales retribuidas en la vía pública.

En la lista, que es una copia del edicto municipal publicado en el Butlletí Oficial de la Província de Girona (BOPG) número 142 del pasado 23 de julio, aparecen los nombres de tres hombres y de tres mujeres, todos ellos extranjeros, que en su mayoría han sido sancionados con una multa de 300 euros por mantener relaciones sexuales en la vía pública, salvo una chica, que ha sido multada con la misma cantidad por “ofrecer servicios sexuales” en el espacio público. (más…)


La futura Ley de Transparencia incluye todas las propuestas de modificación sugeridas por la AEPD

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El proyecto de ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se ha publicado en el Boletín del Congreso de fecha de 7 de septiembre de 2012.

Asimismo, Privacidad Lógica tiene el gusto de presentarles para su descarga y lectura el informe realizado por la Agencia Española de Protección de Datos (previamente se ha solicitado autorización a la misma para su publicación), antes de enviar el texto de la norma al Congreso para su tramitación.

En este informe, como su nombre indica, la Agencia expresa su parecer sobre el proyecto de ley de transparencia, teniendo en cuenta que su regulación afecta al derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.

En este sentido, en el mencionado informe, tras hacer una introducción hasta la página 15 en la que se hace referencia a la normativa de protección de datos aplicable (destaca la alusión sobre la aplicación directa del artículo 7f de la Directiva 95/46 poniendo como ejemplo el supuesto de la posible exposición en Internet del “fichero de facturas” de acreedores en relación con lo preceptuado en el artículo 4 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero), se realizan una serie de propuestas para mejorar el texto de la norma. (más…)


Informe del Centro de Estudios Jurídicos sobre la aplicación de la LOPD en los Juzgados y Tribunales

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El Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia, dentro de su  Programación de Formación Continua 2012 dirigida al Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, promovió la creación de un grupo de trabajo para la elaboración de un informe sobre “APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCION DE DATOS EN LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES”. El equipo redactor ha estado integrado por 5 secretarios judiciales y un magistrado, bajo la dirección y coordinación de don Fernando Carceller Fabregat .

El resultado de este trabajo, un informe de 171 páginas, ha visto la luz hace pocas fechas, y como en Privacidad Lógica nos gusta estar al día y ayudar a la difusión de cualquier iniciativa que consideremos interesante relacionada con el mundo de la privacidad, nos pusimos en contacto con el Centro de Estudios Jurídicos para solicitar su autorización para poner a disposición de cualquier interesado en contenido íntegro del documento. Ese permiso nos ha sido concedido por doña María Yribarren Muñoz, subdirectora adjunta del CEJ, a quien quedamos muy agradecidos.

Es obvio que la Administración de Justicia, como toda Administración, para el desarrollo de sus funciones necesita tener acceso y tratar datos de carácter personal, lo que supone, visto que no está  dentro de las exclusiones previstas en la LOPD, su sometimiento a la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal. (más…)


Normas obligatorias en el uso de dispositivos electrónicos en Educación. ¿Por qué hemos llegado a tal punto que los colegios deben fijar normas contra el uso de dispositivos electrónicos en los centros?

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Estos días todos los padres pasamos por la tradicional primera reunión de principio de curso en el colegio de nuestra prole. Ya saben ustedes: charla conjunta en el salón de actos y luego cada grupo a su clase para presentación del tutor/a, establecimiento de pautas del curso y recordatorio de la normativa del centro.

Precisamente sobre este último asunto, me ha llamado la atención, en positivo, el endurecimiento de la normativa del colegio sobre el uso de dispositivos tecnológicos en el centro:

“A los alumnos no les está permitido utilizar el teléfono móvil ni otros aparatos electrónicos (cámaras, ipod, ordenadores portátiles…) en todo el recinto escolar. En caso de necesidad, el uso del móvil estará condicionado al permiso de los profesores. El incumplimiento de esta norma supondrá la retirada del aparato, que se entregará a los padres de las 16:00 a las 17:30 en la portería. La primera vez, quedará retenido hasta el viernes de la semana siguiente; la segunda vez, se retendrá durante un mes; la tercera vez, dos meses, y así sucesivamente”

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Como afectaría, de aprobarse, el Proyecto de Ley sobre tasas en la Administración de Justicia a los recursos contra las resoluciones del Director de la AEPD

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            Como bien sabrán ustedes, el Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, ha presentado en el Congreso un Proyecto de Ley para la regulación de, entre otras,  determinadas tasas en la Administración de Justicia.

             Con esta iniciativa pretende el Gobierno pasar del pago de la tasa judicial exclusivamente por las grandes empresas a una nueva situación en la que practicamente todo hijo de vecino (persona física o jurídica) a quien no le quede más remedio que litigar pase por taquilla y deje ahí unos eurillos (y algunos más) para financiar el sistema de Justicia Gratuita y parte del resto del mundo de la Administración de Justicia.

             El clamor en contra1 de todos los colectivos u operadores que intervienen en el ámbito de la Justicia ha sido prácticamente unánime, rechazando todos ellos desde la difusión de su anteproyecto el propósito ministerial pero, de hecho, éste sigue adelante.

             Así que, para irnos haciendo la idea, esta entrada pretende simplemente exponer de forma breve, y porque todos aquellos que nos dedicamos al asesoramiento en materia de protección de datos debemos conocerlo,  cómo se aplicarían esas nuevas tasas judiciales en aquellos supuestos en los que se decida presentar recurso contra una resolución del Director de la AEPD. (más…)


“Emergencias, buenos días… sí, un momento, por favor, no se muera todavía, aguante, en cumplimiento del art.5 de la LOPD…” Las llamadas a teléfonos de emergencia y el deber informativo del artículo 5 LOPD.

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Estos días la Agencia Europa Press se ha hecho eco de una resolución dictada por la Agencia Española de Protección de Datos por diversas infracciones cometidas por la Autoridad Portuaria de Huelva en relación con unas determinadas instalaciones de videovigilancia y la grabación de llamadas a los teléfonos de emergencias de la Autoridad Portuaria.

En concreto, la resolución a la que hace referencia la noticia es la R/01411/2012, dictada en el el procedimiento de Declaración de Infracción de Administraciones Públicas AP/00056/2011, a cuyo texto íntegro pueden acceder Uds. por medio de este enlace.

La verdad es que la lectura de la resolución en cuanto al tema de la instalación de videovigilancia es muy interesante, y posiblemente nos de pie en su momento a otra entrada, pero sobre lo que quiero hoy llamar la atención en este comentario es la otra infracción reflejada en la resolución: no ofrecer a las personas que llaman a esos números de atención de emergencias los extremos informativos determinados en el referido precepto.

Este tema de las llamadas telefónicas a los servicios de emergencias y el deber informativo que impone el artículo 5 LOPD no es nuevo, y siempre plantea la misma disyuntiva: ¿Es más importante el formal cumplimiento del artículo 5 LOPD o la atención lo más rápido posible de la emergencia que motiva la llamada?

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Nuevo Reglamento Protección de Datos UE: ¿Debe eliminarse el Registro de Ficheros?

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Debemos plantearnos en primer lugar, si el Registro de Ficheros sirve para algo. Desde mi humilde punto de vista para lo siguiente:

Dejando de lado las finalidades jurídicas a las que sirve el citado Registro (ver LOPD y su Reglamento al respecto), desde una óptica meramente práctica creo que da cierto orden en el tratamiento de datos en tres niveles: empresa/administración/organización; profesionales de la privacidad (asesoramiento); y autoridades de control. En otras palabras, da respuesta al “qué tratamientos tenemos” y “para qué sirven” pero a nivel de profesionales.

Otra cuestión es si sirve para el ejercicio de los derechos ARCO. Y  aquí nos encontramos con una curiosidad: ni el artículo 5 de la LOPD obliga en el derecho de información a que en su contenido se incluya “el nombre del fichero en el que se van a almacenar los datos”, ni en el procedimiento de ejercicio de los derechos ARCO según el Reglamento de desarrollo de la LOPD el particular tiene que incluir “el nombre del fichero”. (más…)


Administración electrónica, transparencia y acceso a la información administrativa: algunas enseñanzas desde la perspectiva del open data

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 Qué decir del Profesor Valero – añado orgulloso: de mi amigo Julián- que no se sepa ya, cuando menos, en el sector… grandísimo profesional, uno de los mayores expertos en nuestro país en temas de e-administración y protección de datos, investigador, culpable en gran medida de mi adicción al dato, y, en este caso, sobre todo, amigo de sus amigos, entre los cuales, tengo el enorme privilegio de encontrarme… Fruto de esta amistad y de la que además mantiene con mis compañeros, nos brinda esta excelente colaboración… Espero les guste, a mí me ha parecido buenísima.

Luis Salvador Montero

Uno de los principales debates que se están produciendo en las últimas semanas en relación con el uso de la tecnología por parte de las Administraciones Públicas está relacionado con la demanda social de fomentar la transparencia y el acceso a la información que se encuentra en su poder. En este sentido, el Gobierno estatal hizo público un borrador de Anteproyecto de Ley a fin de que por parte de la sociedad civil se hiciesen las consideraciones, sugerencias y propuestas que se considerasen oportunas, de manera que confiamos que dentro de no mucho se proceda a la aprobación de un proyecto de ley por parte del Consejo de Ministros que se remita a las Cortes Generales para su tramitación. (más…)